Autónomos: requisitos para solicitar la baja por paternidad

19.07.2024 | Helvetia Seguros
Los trabajadores por cuenta propia, al igual que los asalariados, tienen derecho a solicitar la baja de paternidad y a recibir una prestación económica por ello.

Actualmente los autónomos pueden disfrutar de 16 semanas de baja por paternidad por el nacimiento y el cuidado de un hijo. Esta prestación también se hace extensible en caso de adoptar o acoger a un menor.

Desde 2019, los padres y las madres autónomas tienen el derecho a disfrutar de las mismas semanas de baja, existiendo una única prestación para hombres y mujeres.

Tanto para solicitar la baja de paternidad como de maternidad, los autónomos deben cumplir los siguientes requisitos:

- Estar dados de alta como autónomos en la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

- Encontrarse al corriente de sus pagos con Hacienda y la Seguridad Social.

- Si son mayores de 26 años, deben haber cotizado como mínimo 180 días en los 7 años anteriores a la fecha de la baja o tener al menos 360 días cotizados durante toda su vida laboral. En el caso de que tengan entre 21 y 26 años, los requisitos son de 90 días en los últimos 7 años o 180 días en total durante su vida laboral. Mientras que los menores de 21 años no necesitan tener un mínimo de tiempo cotizado para poder disfrutar de esta prestación.

El procedimiento para solicitar la baja es muy sencillo

Si eres autónomo y vas a tener próximamente un hijo o una hija, debes saber que dispones de 15 días para comunicar su nacimiento a la Seguridad Social. Después, tras comprobar que cumples con los requisitos que hemos mencionado anteriormente, podrás iniciar los trámites para solicitar la baja por paternidad. Dispones de las siguientes opciones para hacerlo:

- Por Internet

Si tienes certificado electrónico o usuario y contraseña en Cl@ve puedes solicitarla fácilmente desde el portal de "Tu Seguridad Social" de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Si no cuentas con ellos, podrás hacerlo desde la plataforma de trámites y prestaciones de la Seguridad Social.

- Por correo ordinario

También puedes optar por la manera más tradicional, descargando el formulario de solicitud de baja de la web de la Seguridad Social, rellenándolo y enviándolo por correo postal a la oficina de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que corresponda.

- De forma presencial

O si lo prefieres, puedes acudir a una oficina de la INSS.

Junto con la solicitud de paternidad deberás presentar los siguientes documentos: tu DNI, pasaporte o NIE, el informe médico del parto, el Libro de Familia o la certificación de inscripción del niño/a en el Registro Civil y una declaración en la que figure tu situación como trabajador por cuenta propia.

¿La baja por paternidad de autónomos es obligatoria?

Como sucede con las mujeres autónomas, los padres autónomos tienen el derecho a estar de baja de manera obligatoria y de forma ininterrumpida las seis primeras semanas tras el nacimiento, acogimiento o adopción del menor.

Mientras que las 10 semanas restantes son opcionales y pueden disfrutarlas a continuación del periodo obligatorio como deseen, todas seguidas o por periodos semanales interrumpidos, hasta que el menor cumpla los doce meses.