A la hora de pedir un préstamo hipotecario, una de las cuestiones que más dudas genera a los propietarios es la de la contratación del seguro de Hogar. ¿Es obligatorio suscribir uno para que la entidad bancaria autorice la hipoteca?
Según el artículo 10.1 del Real Decreto 716/2009, de 24 de abril, la vivienda hipotecada deberá contar con un seguro de protección básico contra incendios. La realidad es que actualmente es difícil encontrar un seguro que sólo cubra estos daños, pues se trata de una cobertura en sí misma que ya incluyen los seguros multirriesgo de Hogar. Por tanto, debido a este requisito, la gran mayoría de los propietarios finalmente opta por contratar un seguro de este tipo, ya que ofrece una protección mucho más completa para su vivienda.
Así que, para que el banco conceda la hipoteca de una vivienda, será necesario que ésta cuente con un seguro que la proteja contra los daños causados por incendios. Sin embargo, esto no quiere decir que el propietario deba contratar el seguro de Hogar que le ofrezca la entidad bancaria, ya que el contrato de la hipoteca no debe estar vinculado a la suscripción de un seguro determinado, como así queda patente en la nueva Ley Hipotecaria. De manera que, el cliente podrá contratar la póliza con la aseguradora que desee, eligiendo la que más satisfaga sus necesidades, sin recibir ningún tipo de presión por parte del banco con el que vaya a tener la hipoteca.
Helvetia Seguros dispone de una amplia de gama de seguros de Hogar, tanto para viviendas en propiedad como a viviendas en alquiler, que ofrece tres modalidades de contratación para que el cliente elija la que mejor se adapte a su perfil y a las características de su vivienda: Helvetia Hogar Confort, Helvetia Hogar Integral y Helvetia Hogar Global. Las tres modalidades incluyen la cobertura básica de incendios que es imprescindible para la concesión de un préstamo hipotecario. Para más información sobre este seguro puedes consultar a nuestros mediadores.