Antes de esta modificación, las mascotas en España se consideraban "objetos". Sin embargo, esta nueva normativa reconoce a perros, gatos y otras mascotas como miembros oficiales de la familia.
Esto afecta directamente a las parejas que tienen una mascota en común. ¿Quién se quedaría con la mascota en caso de divorcio a partir de ahora?
Cuando se divorcia una pareja, lo prioritario siempre será el acuerdo al que lleguen los dos miembros de la pareja para compartir la custodia de la mascota. El juez sólo intervendrá en los siguientes casos:
En caso de que esto suceda, para el Código Civil Español prevalece tanto el interés de los miembros de la familia, como el bienestar del propio animal. Esto supone un gran avance ya que, el juez valorará más la relación afectiva que tengan las personas en cuestión con el animal, que quién figure como propietario del mismo.
No podemos obviar que, sólo se permite inscribir a una persona en los registros de animales, así que esto beneficiaría claramente a aquellas personas que, aunque no figuren como propietarios en el registro, hayan tenido más implicación a la hora de cuidar a la mascota en común con su pareja.
Además, para aquellas parejas que tengan niños en común, se le dará prioridad a que la custodia se desarrolle en paralelo a la de sus hijos, ya que el propio Código Civil considera que la relación con las mascotas es favorable para los niños.
Con esta modificación lo que se pretende es adaptarse a la propia naturaleza de estos animales, así como a las relaciones que se crean entre ellos y sus dueños, teniendo como principal prioridad el bienestar del animal.