La Incapacidad Permanente es un término que está muy presente en los contratos de seguros de Vida. Pero, ¿sabes en qué consiste exactamente? Atendiendo a la web oficial de la Seguridad Social, es la prestación económica que la Administración Pública da a un trabajador para cubrir la pérdida de ingresos que puede estar sufriendo a consecuencia de una enfermedad (común o profesional) o accidente (laboral o no laboral) que le impide realizar su profesión de la manera habitual.
Para que el trabajador pueda percibir esa prestación debe someterse a una serie de pruebas médicas que demuestren que "presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral”. El certificado de incapacidad permanente lo emite la Seguridad Social después de que los resultados hayan sido analizados por un Equipo de Valoración de Incapacidades.
Dependiendo del grado de invalidez podemos distinguir los siguientes tipos de incapacidades permanentes:
La prestación económica que recibirá el trabajador por parte de la Seguridad Social dependerá del grado de incapacidad. Si se trata de una Incapacidad Permanente Total, percibe el 55% de la base reguladora (pudiéndose añadir hasta un 20% según se den algunas condiciones). En cambio, si es una Incapacidad Permanente Cualificada, el porcentaje asciende al 75%. En los casos de Incapacidad Permanente Absoluta, están exentos del pago del IRPF y el porcentaje es del 100% sobre la base reguladora, mientras que en los de Gran Invalidez es del 100% más un complemento.
En cualquier caso, para proteger tu futuro ante cualquier percance que pueda surgir, te recomendamos contar con un seguro de Vida que incluya la cobertura por Incapacidad Permanente, como el que te ofrecemos en Helvetia Seguros.