Al igual que cuando compramos un vehículo de segunda mano tenemos que realizar el cambio de titularidad, cuando éste lo hemos recibido como herencia también debemos hacer este trámite. Pero en este caso se trata de una transferencia especial, ya que al haber fallecido el propietario del vehículo se deben adjuntar una serie de documentos adicionales para que el procedimiento se pueda llevar a cabo.
Dicho trámite se puede realizar de dos formas distintas:
En el supuesto de transmisión motivada por el fallecimiento del titular del vehículo, la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso del mismo mientras se adjudica a uno de los herederos deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal antes de transcurrir los noventa días siguientes a la defunción del causante.
Dicha Jefatura, previa presentación de los documentos que se requieren, practicará en el citado permiso o licencia, así como en el Registro de Vehículos la anotación de: «En poder hasta su adjudicación hereditaria de...», indicando la identificación y domicilio del depositario y la fecha del fallecimiento del titular, considerándose a la persona anotada como sujeto de cuantas obligaciones correspondan al titular del vehículo.
Para realizar esta solicitud, en principio, habrá que disponer se la siguiente documentación:
Una vez que vehículo sea adjudicado definitivamente a uno de los herederos, el cambio de titularidad del vehículo se debe solicitar en la Jefatura de Tráfico en los 90 días posteriores a la fecha del documento que le acredite como tal, expidiendo a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.
Igual que en el paso anterior, para realizar esta solicitud, en principio, habrá que disponer se la siguiente documentación:
Sin perjuicio de lo expuesto, es recomendable obtener la adjudicación del vehículo a cualquiera de los herederos antes de los primeros 90 días, en aras de evitar la realización del doble trámite expuesto. De este modo, se podrá solicitar directamente la transmisión definitiva del vehículo.
Una vez aclarado el trámite del cambio de titularidad, ¿qué ocurre si no queremos quedarnos el coche que hemos heredado y preferimos venderlo? En ese caso, debemos realizar una doble transferencia. Primero debemos transferir el vehículo a nuestro nombre, como herederos legítimos, y luego, cuando el cambio ya esté aprobado, realizar un segundo cambio de titularidad a nombre del nuevo comprador.