Quién debe pagar el seguro de un local comercial alquilado, ¿el propietario o el inquilino?

30.08.2024 | Helvetia Seguros
Para evitar problemas en el futuro es importante que, a la hora de formalizar el contrato de alquiler, el inquilino y el propietario tengan claro las responsabilidades de cada uno de ellos.

En España actualmente no es obligatorio contratar un seguro para un local comercial (salvo si está hipotecado). Sin embargo, como sucede con las viviendas, eso no significa que no sea importante asegurarlo, ya que estos inmuebles están expuestos cada día a multitud de riesgos, incluso estando vacíos.

Lo más aconsejable es que el propietario, al ser responsable de los daños y perjuicios que el local pueda ocasionar a otras personas, se ocupe de contratar un seguro de Responsabilidad Civil que cubra estos tipos de percances. Así, por ejemplo, si se produce una fuga de agua en el local y perjudica a la casa de al lado, este seguro se encargará de asumir los costes de la reparación de la vivienda del vecino, evitando de esta forma que el propietario tenga que pagarlo de su propio bolsillo.

La protección del continente y el contenido del local

El seguro de Responsabilidad Civil da tranquilidad al propietario, ya que lo protege ante posibles reclamaciones que le puedan hacer terceros debido a los daños que su inmueble les haya podido causar. Sin embargo, este tipo de seguro no cubre los daños que pueda sufrir el local en caso de incendio, inundación, fenómenos atmosféricos, robo o actos vandálicos, entre otros. Para ello es necesario que cuente con un seguro de Comercio Multirriesgo que cubra tanto el continente (que abarca la estructura del local, los elementos fijos como las puertas o persianas y las estancias fijas como el agua, la electricidad o la calefacción) como el contenido (que comprende todos los bienes y activos que se encuentran en el local).

En este caso, lo más habitual es que sea el inquilino el que se encargue de contratar el seguro de Multirriesgo, ya que es la persona que está explotando comercialmente el local y la que ha invertido su dinero en la mercancía y en los equipos que se encuentran allí. Aunque puede darse la circunstancia de que el propietario se encargue de asegurar el continente por un lado, y el inquilino el contenido por otro. Al final todo depende del acuerdo al que hayan llegado ambas partes al realizar el contrato de alquiler.

Por otra parte, conviene que el inquilino contrate la cobertura de Responsabilidad Civil de Explotación que cubra los daños materiales y/o personales a terceros que puedan ocurrir en el local en el curso de sus actividades comerciales diarias. De esta forma, por ejemplo, si se cae una estantería sobre un cliente, la aseguradora responderá por los daños ocasionados, protegiendo de esta forma la economía y el patrimonio del inquilino que, en este caso, sería el responsable del siniestro.

En definitiva, lo más importante de todo esto es que el local cuente con la protección adecuada y para ello es esencial que el inquilino y el propietario dejen claro en el contrato de alquiler de qué coberturas se va a encargar cada uno para evitar duplicidades y problemas en el futuro.

Si tienes un local comercial, ya sea alquilado o en propiedad, no dudes en contactar con nuestros mediadores para que puedan asesorarte en todo lo que necesites sobre nuestros seguros para comercios.