A un vecino se le puede considerar moroso desde el día siguiente que venza el periodo estipulado por la comunidad en sus estatutos para hacer frente al pago del recibo de la comunidad. Si no hubiera establecido un periodo de tiempo determinado, se le consideraría moroso cuando termine el mes correspondiente al que pertenece el recibo.
La Ley de Propiedad Horizontal establece que, en el caso de que la vivienda se haya vendido, el nuevo propietario tiene que saldar las deudas pendientes con la comunidad pertenecientes tanto al año natural de la compra como de los tres anteriores.
Ante esta situación, el seguro de comunidades se convierte en la tranquilidad que la comunidad necesita a través de la cobertura de defensa jurídica. De este modo, la aseguradora gestiona la reclamación y asume los costes de abogados y procuradores, evitando que el resto de propietarios tenga que pagar derramas para iniciar acciones legales contra el vecino moroso.
Por lo general, es tu obligación como vecino asumir el pago de la comunidad cuando esté estipulado por lo que no existe ningún plazo de cortesía en el que puedas no pagar.
Legalmente, se te considera moroso desde el primer día de retraso tras el vencimiento del recibo. Aunque muchas comunidades el presidente de la comunidad espera a que se acumulen 2 o 3 cuotas antes de votar la liquidación de la deuda en junta, la ley permite a los vecinos iniciar la reclamación oficial y aplicar intereses de demora desde el primer impago.
Dejar de pagar los recibos no solo afecta a la convivencia, sino que te pone en una situación legal complicada. Estas son las consecuencias reales a las que te enfrentas:
Una de las dudas más frecuentes que se plantean a los administradores de la finca es qué derechos tiene un vecino que no paga la comunidad. En este caso, se establece que el individuo moroso tiene derecho a usar las instalaciones comunes, como pueden ser las escaleras o el ascensor.
En cuanto a las restricciones que le corresponden, si el vecino no paga la comunidad podrá asistir a la junta general de propietarios, pero no tendrá derecho a voto hasta que la deuda no esté saldada o depositada ante notario o judicialmente.
Las comunidades de vecinos no suelen tener claro cómo denunciar a un vecino que no paga la comunidad, pero lo cierto es que hasta llegar a esta situación existen otras fórmulas para reclamar las deudas:
En caso de morosidad, lo más conveniente, antes de emprender el camino legal, es ponerse en contacto con el vecino afectado para saber si su situación se debe a que está atravesando dificultades económicas transitorias.
En este caso, se podría establecer un plan de liquidación de deudas con cuotas más asequibles que fuera alcanzable para el vecino y dentro de un plazo razonable para la comunidad.
Las medidas disuasorias, siempre que no sean abusivas o desproporcionadas, también pueden suponer un aliciente para que los vecinos morosos se animen a hacer frente a sus deudas. Ya existe jurisprudencia que ha impedido a vecinos que no están al día del pago de sus recibos hacer uso de las instalaciones comunes no esenciales, como la piscina o el gimnasio comunitario.
Una vez que se ha intentado cobrar una deuda por la vía amistosa sin resultado, se puede emprender el camino legal. Para ello, lo primero que hay que hacer es convocar una junta de propietarios para informar de la situación, y aprobar la certificación y liquidación del importe que el vecino moroso adeuda.
Tras redactar el acta de la reunión hay que comunicar la decisión al vecino moroso con acuse de recibo, redactar el certificado de liquidación de deuda y presentar el monitorio, que exigirá al vecino una respuesta. Si la persona morosa sigue sin querer pagar su deuda, se puede establecer una reclamación judicial.
Si un vecino no paga la comunidad es un problema para el resto de los propietarios. Además, si una vivienda es alquilada, el responsable de pagar las cuotas de la comunidad es el propietario del inmueble, no el inquilino. Teniendo esto en cuenta, las personas que tengan una vivienda en alquiler deberían contemplar también la posibilidad de contar con un seguro de alquiler que garantice el pago de las rentas como arrendador y así evitar situaciones desagradables.